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Motos Eléctricas

Ayudas y ventajas fiscales para comprar motos eléctricas con tu empresa en 2026

Datos a 7 de octubre de 2026, cada uno con su fuente. Las ayudas y las normas cambian y algunas se agotan: comprueba la fecha antes de contar con ellas, y lo fiscal, siempre con tu gestor.

Última actualización: · Por el equipo de Motos Eléctricas Mallorca

En resumen

La Línea 2 del Programa Auto+ está convocada para empresas y autónomos: hasta 1.100 € por moto eléctrica de más de 45 km/h, hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 o hasta que se agote el dinero. Comprueba que queda presupuesto. La de particulares no vale para empresas. Los impuestos: consúltalo con tu gestor.

Te contesta al momento nuestro asistente automático (con inteligencia artificial) y, si hace falta, una persona del equipo.

¿Qué vale para quién? Resumen a 7 de octubre de 2026

Esta tabla ordena lo que hay, para quién es y en qué estado está. Más abajo, cada punto con su detalle y su fuente.

Ayudas y ventajas fiscales para comprar una moto eléctrica, por tipo de comprador
Ayuda o ventajaPara quiénQué dice la convocatoria o la ley (a 7 de octubre de 2026)
Programa Auto+, Línea 2Empresas y autónomosConvocada del 01/10/2026 al 31/12/2026 a las 14:00, por orden de llegada. El dinero puede agotarse antes (si se agota, las solicitudes pasan a una lista de espera): comprueba en la sede del Ministerio que queda presupuesto antes de contar con ella
Programa Auto+, Línea 1Particulares sin actividad económicaConvocada hasta el 31/12/2026, mientras quede dinero; no vale para empresas
Deducción del 15 % en la rentaParticulares, con la moto no afecta a una actividadPara motos matriculadas antes del 31/12/2026; confírmalo con tu gestor
Libertad de amortizaciónEmpresas y autónomos con actividadPara inversiones que entren en funcionamiento en periodos que empiecen en 2024, 2025 y 2026
FACTOR 2026 (Govern)Autónomos y empresasPara puntos de recarga, no para la moto; plazo hasta el 28/02/2027
MOVES III (Baleares) y MOVES Flotas PlusParticulares y empresasCerradas, según las fuentes consultadas
Fuentes enlazadas en cada apartado. Lo fiscal depende de cada caso: consúltalo con tu gestor.

¿Qué ayudas hay en 2026 para que una empresa compre una moto eléctrica?

La ayuda estatal para empresas y autónomos es la Línea 2 del Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026), que se concede por orden de presentación hasta agotar el dinero. La convocatoria va desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00. Si se acaba el presupuesto antes, las solicitudes que lleguen pasan a una lista de espera hasta el cierre, y solo se atienden si otros renuncian o si el presupuesto aumenta. No hemos podido comprobar cuánto dinero queda a día de hoy: míralo en la sede del Ministerio antes de contar con la ayuda.

1.100 € es el máximo por moto. En las motos de nuestro catálogo que entran en la ayuda, nuestro cálculo con el real decreto da, de forma orientativa, 990 € en las Velca y en las Zero LS1 y XE, y 825 € en Efun, Next, Ultraviolette, Segway, Niu y VMoto; la cuantía final la fija el Ministerio. Lo explicamos marca por marca en nuestra noticia del 28 de septiembre. Si has visto la cifra de 2.000 € por moto, viene de otro tramo del real decreto que esta convocatoria no abre.

El descuento mínimo de 1.000 € en la factura que exige el programa es solo para coches y furgonetas nuevos: en las motos no se pide.

Línea 2 del Programa Auto+ para una moto eléctrica: lo que dice la convocatoria
ConceptoQué dice
Quién puede pedirlaEmpresas de cualquier tamaño y autónomos, dados de alta en el censo de empresarios y al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. No pueden los concesionarios (epígrafes 615.1 y 654.1 del IAE) ni las empresas en crisis.
Dinero disponible50 millones de euros para todo tipo de vehículo: 42 millones para empresas y 8 para autónomos.
Motos que entranEléctricas de las categorías L3e, L4e y L5e (las que pasan de 45 km/h), con etiqueta CERO. Los ciclomotores (L1e) no entran.
Cuánto danHasta 1.100 € por moto, igual para empresas y autónomos. Se suma por partes: 50 % por ser eléctrica, 25 % por el criterio de precio, 15 % si el montaje final es en la Unión Europea y 10 % más si la batería cumple los requisitos europeos.
Precio máximo de la moto10.000 € sin impuestos y después de descuentos, según el precio de la factura, que debe incluir todos los extras, accesorios y servicios asociados a la venta. Si tu factura se acerca a ese límite, consúltanoslo antes de comprar.
Cuántas motosHasta 10 por empresa y 3 por autónomo.
Qué se compraMoto nueva matriculada por primera vez en España en 2026; la convocatoria prevé también otros casos, consúltala. Vale la compra, el leasing financiero o el renting (con contrato de al menos 3 años).
Qué hay que mantenerLa moto a nombre del beneficiario y matriculada en España al menos 2 años desde la concesión. Si no, se devuelve la ayuda, salvo robo, siniestro total, sustitución por un defecto grave o fallecimiento.
Otras condicionesAyuda de minimis. Compatible con otras ayudas que no sean fondos de la Unión Europea, hasta el 80 % del coste subvencionable. Pago por banco: el efectivo no vale a partir de 1.000 €.
Cómo se pidePor internet, con firma electrónica, en el sistema del Ministerio de Industria y Turismo. El punto de venta puede colaborar en la gestión con tu autorización.
Datos del Real Decreto 609/2026 y de la convocatoria de la Línea 2, con las fuentes debajo. Pueden cambiar en cada convocatoria.

Fuentes: BOE: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, Programa Auto+ (se abre en una pestaña nueva) (23/07/2026) · BOE: extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 2 del Programa Auto+ (BOE-B-2026-30841) (se abre en una pestaña nueva) (24/09/2026) · Base de Datos Nacional de Subvenciones: convocatoria 931088 (Línea 2 de Auto+) (se abre en una pestaña nueva) (22/09/2026) · Nuestra noticia del 28 de septiembre: Auto+ para autónomos y empresas (28/09/2026).

¿Cuándo caduca la ayuda y cómo sé si sigue abierta?

La convocatoria acaba el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, y antes si se agota el dinero: como se reparte por orden de llegada, puede agotarse antes de la fecha de cierre. Antes de comprar, comprueba en la sede del Ministerio de Industria y Turismo que la ventanilla sigue abierta y que queda presupuesto. Esta página está revisada a 7 de octubre de 2026 y no sabemos cuánto dinero quedaba ese día.

Fuentes: BOE: extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 2 del Programa Auto+ (BOE-B-2026-30841) (se abre en una pestaña nueva) (24/09/2026) · Base de Datos Nacional de Subvenciones: convocatoria 931088 (Línea 2 de Auto+) (se abre en una pestaña nueva) (22/09/2026).

¿Puede una empresa o un autónomo pedir la ayuda de los particulares?

No. La Línea 1 del Programa Auto+ es solo para personas físicas mayores de edad, residentes en España y sin actividad económica, con un máximo de un vehículo por beneficiario. Abrió el 4 de agosto de 2026 con 350 millones de euros para todo tipo de vehículo. Un trabajador que compra su propia moto a título personal y no tiene actividad económica sí puede usarla; una empresa o un autónomo, no: para ellos es la Línea 2.

Fuentes: La Moncloa: nota de prensa del Ministerio de Industria y Turismo sobre las ayudas a vehículos eléctricos (se abre en una pestaña nueva) (04/08/2026) · BOE: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, Programa Auto+ (se abre en una pestaña nueva) (23/07/2026).

¿Qué otras ayudas hay para empresas en Baleares?

Las ayudas autonómicas y municipales cambian y algunas se abren solo unas semanas: consulta qué convocatorias hay vigentes en la web del Govern de les Illes Balears (CAIB), en la del Consell de Mallorca y en la de tu ayuntamiento antes de comprar.

  • FACTOR 2026 (Govern): ayuda a inversiones en renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, para autónomos y empresas, con plazo del 9 de julio de 2026 al 28 de febrero de 2027. Es una ayuda a los puntos de recarga, no a la compra de la moto: las cuantías, en la convocatoria.
  • MOVES III en Baleares y MOVES Flotas Plus: ya no admiten solicitudes, según las fuentes que hemos consultado. El plazo de la convocatoria del Govern de MOVES III (BOIB nº 85, de 3 de julio de 2025) terminó el 31 de diciembre de 2025, y MOVES Flotas Plus, la estatal para empresas con flota, tuvo su plazo del 23 de diciembre de 2025 al 10 de febrero de 2026. No cuentes con ellas.

Fuentes: Govern de les Illes Balears (CAIB): convocatoria FACTOR 2026 (se abre en una pestaña nueva) (02/07/2026) · Govern de les Illes Balears (CAIB): trámite MOVES III 2025 (BOIB nº 85, de 3 de julio de 2025), cerrado (se abre en una pestaña nueva) (plazo hasta el 31/12/2025) · Base de Datos Nacional de Subvenciones: convocatoria 876683 (MOVES Flotas Plus) (se abre en una pestaña nueva) (plazo del 23/12/2025 al 10/02/2026).

¿Puede una empresa deducirse el IVA de una moto eléctrica?

Depende del uso, y la ley parte de una presunción. Para turismos, ciclomotores y motocicletas, la ley del IVA presume que están afectos a la actividad en un 50 %, así que por defecto se deduce la mitad del IVA. Vale para la compra, el renting y la cesión de uso, y también para los accesorios, los recambios, las reparaciones y el aparcamiento.

Solo se presumen afectos al 100 % estos vehículos: los mixtos usados en el transporte de mercancías, los de transporte de viajeros mediante contraprestación, los de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación, los que usan sus fabricantes en pruebas o promoción de ventas, los de representantes o agentes comerciales en sus desplazamientos profesionales y los de servicios de vigilancia. La lista no menciona expresamente las motos de reparto, las de alquiler a clientes ni las de hoteles y otras empresas de servicios: en esos casos, consúltalo con tu gestor.

El grado real de uso profesional se puede demostrar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, y la deducción se regulariza si el uso real es distinto del que se aplicó al principio. No basta con contabilizar la moto como de la empresa.

Fuentes: BOE: Ley 37/1992 del IVA, artículo 95 (texto consolidado) (se abre en una pestaña nueva) (consolidado).

¿Puede un autónomo desgravarse una moto eléctrica?

Si eres autónomo en el IRPF, el reglamento no considera afectos a tu actividad los elementos que usas a la vez para la actividad y para necesidades privadas. En ciclomotores y motocicletas, el uso personal en días u horas inhábiles no se considera «accesorio y notoriamente irrelevante», salvo en los vehículos mixtos de transporte de mercancías, los de transporte de viajeros mediante contraprestación, los de enseñanza de conductores o pilotos, los de representantes o agentes comerciales y los destinados a cesión de uso con habitualidad y onerosidad. Si usas la moto también para uso particular, consúltalo con tu gestor.

Fuentes: BOE: Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), artículo 22 (se abre en una pestaña nueva) (consolidado).

¿Se puede amortizar libremente una moto eléctrica de empresa?

La ley permite amortizar libremente en el Impuesto sobre Sociedades los vehículos nuevos eléctricos de batería (y otros electrificados) afectos a una actividad económica que entren en funcionamiento en periodos impositivos que se inicien en 2024, 2025 y 2026. Los autónomos y demás contribuyentes del IRPF con actividad económica también pueden aplicarla. Lo mismo vale para las nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos afectas a la actividad, con el proyecto o la memoria técnica del instalador autorizado y el certificado de instalación eléctrica diligenciado por la comunidad autónoma.

El texto dice «vehículos nuevos» y no distingue categorías, pero no hemos encontrado una consulta de la DGT que lo aplique expresamente a motos o ciclomotores. Para una moto concreta, y para la fecha en que entra en funcionamiento, consúltalo con tu gestor.

La Ley del Impuesto sobre Sociedades no fija un porcentaje de deducción propio para el gasto de una moto: el 50 % es una regla del IVA. Que el gasto sea deducible depende de los requisitos generales (relación con la actividad, contabilización y justificación): consúltalo con tu gestor.

Fuentes: BOE: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, disposición adicional 18.ª y artículo 106 (se abre en una pestaña nueva) (consolidado) · BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposiciones adicionales 58.ª y 59.ª y artículos 42 y 43 (se abre en una pestaña nueva) (consolidado) · BOE: convalidación del Real Decreto-ley 7/2026 por el Congreso (BOE-A-2026-7125) (se abre en una pestaña nueva) (26/03/2026).

¿Sirve la deducción del 15 % de la renta para una empresa?

No. La deducción del 15 % del valor de un vehículo eléctrico nuevo (con una base máxima de 20.000 €, hasta 3.000 € de ahorro) es del IRPF de los particulares y solo vale si la moto no está afecta a una actividad económica; si se afecta después, se pierde. Incluye las motos L3e, L4e y L5e, no los ciclomotores L1e, y la moto debe matricularse por primera vez a nombre del contribuyente antes del 31 de diciembre de 2026 (o pagar a cuenta al menos el 25 % en ese plazo). Además, el modelo tiene que ser subvencionable según el programa estatal de ayudas y no puede superar su precio máximo, así que no vale cualquier moto: confírmalo con tu gestor.

Las prórrogas de esta deducción y de la libertad de amortización han pasado por varios decretos-ley, y el Congreso derogó algunos: confírmalas con tu gestor antes de contar con ellas.

Fuentes: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposiciones adicionales 58.ª y 59.ª y artículos 42 y 43 (se abre en una pestaña nueva) (consolidado) · BOE: convalidación del Real Decreto-ley 7/2026 por el Congreso (BOE-A-2026-7125) (se abre en una pestaña nueva) (26/03/2026).

¿Y si prefiero leasing o renting?

El Programa Auto+ admite compra, leasing financiero y renting, los dos últimos con un contrato de al menos tres años (la moto puede estar matriculada a nombre de la empresa de leasing o de renting). En el IVA, la presunción del 50 % es la misma para la compra y para el renting o la cesión de uso de una moto. En el Impuesto sobre Sociedades, el leasing financiero con una entidad de crédito exige una duración mínima de 2 años para bienes muebles. Qué fórmula te conviene, con tu gestor.

Fuentes: BOE: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, Programa Auto+ (se abre en una pestaña nueva) (23/07/2026) · BOE: Ley 37/1992 del IVA, artículo 95 (texto consolidado) (se abre en una pestaña nueva) (consolidado) · BOE: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, disposición adicional 18.ª y artículo 106 (se abre en una pestaña nueva) (consolidado).

¿Y el impuesto de circulación y la etiqueta de la DGT?

El impuesto de circulación (IVTM) depende de la ordenanza de cada ayuntamiento y a veces hay que solicitar la bonificación: consulta la ordenanza fiscal de tu municipio o pregunta en su Hacienda municipal. No podemos confirmar una bonificación concreta para las motos eléctricas de empresa en Palma.

Las motos eléctricas de batería tienen etiqueta 0 emisiones de la DGT, y con ella entran libremente en todos los periodos de la ordenanza de la zona de bajas emisiones de Palma; las zonas ACIRE, ORA y ZAR del centro siguen con la Ordenanza Municipal de Circulación. Lo contamos en flotas: obligaciones de una empresa que usa motos.

Fuentes: MobiPalma: ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones de Palma, anexo 2 (periodos) (se abre en una pestaña nueva) (13/11/2024) · MobiPalma: información sobre la Zona de Bajas Emisiones (se abre en una pestaña nueva) (24/03/2026).

¿Cómo lo vemos contigo?

Cuéntanos tu caso: cuántas motos, para qué uso y si compras como empresa o como autónomo. Te decimos qué motos de nuestro catálogo entran en la ayuda y te hacemos una propuesta a medida. Lo fiscal lo decide tu gestor, con las fuentes de esta página en la mano. No podemos garantizar que te concedan una ayuda: eso depende de la administración.

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Preguntas frecuentes

¿Qué ayudas hay en 2026 para que una empresa compre motos eléctricas?

La ayuda estatal para empresas y autónomos es la Línea 2 del Programa Auto+, convocada desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 o hasta que se agote el dinero: comprueba que queda presupuesto. Además hay una ayuda del Govern (FACTOR 2026) para los puntos de recarga, no para la moto. Lo fiscal, con tu gestor.

¿El Programa Auto+ sirve para empresas y autónomos? ¿Cuánto dan por moto?

Sí, con su Línea 2, mientras quede presupuesto. Para una moto eléctrica de las categorías L3e, L4e y L5e (las que pasan de 45 km/h) el máximo es de 1.100 € por moto, el mismo para empresas y autónomos, y la cuantía final la fija el Ministerio. Los ciclomotores no entran. El cálculo orientativo por marca está en esta página.

¿Hasta cuándo se puede pedir la Línea 2 del Auto+?

La convocatoria llega hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, o hasta que se agote el dinero: se concede por orden de presentación y puede agotarse antes. Comprueba en la sede del Ministerio de Industria y Turismo que sigue abierta y que queda presupuesto.

¿Cuántas motos puede subvencionar una empresa?

Hasta 10 vehículos por empresa y hasta 3 por autónomo, con un precio máximo de 10.000 € por moto sin impuestos, según el precio de la factura con todos sus extras, accesorios y servicios asociados.

¿Puede una empresa pedir la ayuda de los particulares?

No. La Línea 1 del Programa Auto+ es solo para personas sin actividad económica. Las empresas y los autónomos piden la Línea 2.

¿Hay ayudas del Govern o del Consell de Mallorca para empresas que compren motos eléctricas?

Las ayudas autonómicas y municipales cambian y algunas se abren solo unas semanas: consulta qué convocatorias hay vigentes en la web del Govern (CAIB), del Consell de Mallorca y de tu ayuntamiento. La convocatoria FACTOR 2026 del Govern ayuda a los puntos de recarga, no a la compra de la moto.

¿Puede una empresa deducirse el IVA de una moto eléctrica?

Depende del uso. Para ciclomotores y motocicletas, la ley del IVA presume un 50 % de afectación a la actividad, así que por defecto se deduce la mitad; solo en una lista cerrada de usos (transporte, enseñanza de conductores, agentes comerciales, vigilancia…) se presume el 100 %. Consúltalo con tu gestor.

¿Puede un autónomo desgravarse una moto eléctrica?

Depende de si la moto está afecta a su actividad. El reglamento del IRPF no considera afectos los elementos que se usan a la vez para la actividad y para necesidades privadas, y en ciclomotores y motocicletas el uso personal en días u horas inhábiles no se considera irrelevante, salvo en usos como el transporte de mercancías o de viajeros, la enseñanza de conductores, los agentes comerciales o la cesión de uso habitual y onerosa. Consúltalo con tu gestor.

¿Se puede amortizar libremente una moto eléctrica?

La ley permite la libertad de amortización de vehículos eléctricos nuevos afectos a una actividad que entren en funcionamiento en periodos que se inicien en 2024, 2025 y 2026. No hay una consulta de la DGT que la aplique expresamente a motos, así que para una moto concreta, con tu gestor.

¿Sirve la deducción del 15 % de la renta para una empresa?

No. Es una deducción del IRPF de los particulares, para vehículos no afectos a una actividad económica y subvencionables según el programa estatal de ayudas, y vale para matriculaciones antes del 31 de diciembre de 2026.

¿Hay bonificación del impuesto de circulación para las motos eléctricas de empresa en Palma?

El impuesto de circulación depende de la ordenanza de cada ayuntamiento y a veces hay que solicitar la bonificación. Consulta la ordenanza fiscal de tu municipio o pregunta en su Hacienda municipal: no podemos confirmar una bonificación concreta para motos eléctricas en Palma.

¿Vosotros tramitáis la ayuda de la empresa?

El programa permite que el punto de venta colabore en la gestión, con tu autorización. Si quieres que veamos tu caso, cuéntanoslo; no podemos garantizar que te concedan la ayuda, porque eso depende del Ministerio.

Las fuentes oficiales de cada apartado están enlazadas debajo de él, con la fecha de la propia fuente. Consultadas el 7 de octubre de 2026.

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